ASISTENCIA LEGAL
Te acompañamos y representamos en todo el proceso
SECRETO PROFESIONAL
Tu privacidad es una de nuestras principales prioridades
COMPROMISO Y RAPIDEZ
Ponemos todos nuestros medios para resolver tus problemas
LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD
¿Cómo te ayudamos a solucionar todas tus deudas?
Realizamos un análisis personal y detallado de tu caso para iniciar con rapidez el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad. Todo esto con el fin de que empieces a vivir sin deudas ni preocupaciones. ¡Se acabaron los embargos y el acoso de los acreedores!
¿QUIÉNES SOMOS?
GL ASESORÍA LEGAL
Somos un grupo de asesores legales, letrados y financieros especializados en la Ley de la Segunda Oportunidad a tu servicio
ESPECIALIZACIÓN
En nuestro equipo profesional contamos con expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad y la Refinanciación
AGILIDAD
Tramitamos tu caso con rapidez para que puedas empezar el procedimiento concursal en poco tiempo
COMPROMISO
Nos comprometemos por escrito a presentar tu expediente en un plazo de tiempo determinado
EXPERIENCIA
Nuestra experiencia nos ha llevado a conseguir la resolución de todos los expedientes de nuestros clientes
Deja de preocuparte por tus deudas y empieza a vivir con tranquilidad
¿DE VERDAD ME PUEDEN PERDONAR LAS DEUDAS?
¡SÍ! La Ley no es perfecta, pero funciona. Se puede llegar a conseguir la cancelación y el perdón de todas las deudas.
¿Y SI SALE MAL?
NO PUEDE SALIR MAL. Esta Ley está para ayudar; su objetivo es reflotar la economía de las personas y, por consiguiente, mejorar la economía de toda la sociedad.
SOY AUTÓNOMO/A ¿ESTO TAMBIÉN ES PARA MI?
La Ley de la Segunda Oportunidad es para todas las persones naturales que cumplen una serie de requisitos que marca la Ley.
¿COMO ME LIMITA ACOGERME A ESTE PROCEDIMIENTO?
El Procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad “no afecta de ninguna manera tu vida diaria” , ya que la Ley es muy clara al respecto, tal como vemos reflejado en el art. 235, LC
ARTÍCULO 235
Efectos de la iniciación del expediente.
1. Una vez solicitada la apertura del expediente, el deudor podrá continuar con su actividad laboral, empresarial o profesional. Desde la presentación de la solicitud, el deudor se abstendrá de realizar cualquier acto de administración y disposición que exceda los actos u operaciones propias del giro o tráfico de su actividad.
La persona (deudor) seguirá realizando su vida con absoluta normalidad sin que su trabajo se vea afectado.
Queda prohibido a partir de este momento, generar más deuda…es decir, excederse de lo que es su posibilidad económica real y actual, esto implica nada de tarjetas de crédito, nada de micropréstamos…¡no más deuda!
La vida del deudor continúa con normalidad, trabajando, viajando…..¡viviendo !
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Carrer del Sol, 62
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